El comercio es el primer empleador de Málaga. Comercios tradicionales del centro histórico, retail en CC La Cañada o Plaza Mayor, franquicias andaluzas que cruzan España. Todos comparten un patrón: contratos firmados sin revisar y socios sin pacto. Hasta el primer conflicto.
El comercio tiene contratos típicos (distribución, agencia, franquicia, suministro) y conflictos típicos (indemnización por clientela, exclusividad territorial, cláusulas no competencia). Eso es lo que cubrimos.
Distribución, agencia, franquicia, suministro y joint venture.
Ver contratos mercantiles →Familia, hermanos y socios de retail con cláusulas de salida.
Ver pactos de socios →SL comercial, holding familiar y cadena de franquicias.
Ver constitución de sociedades →Compra-venta de comercios y traspaso de fondo de comercio.
Ver fusiones y adquisiciones →Depende del contrato. Si actuabas como agente comercial (no distribuidor), aplica el art. 28 Ley 12/1992 y puedes reclamar indemnización por clientela. Si era distribución mercantil pura, suele depender del contrato y de los actos propios. Revisamos el caso sin compromiso.
Por el DIP (documento de información precontractual), los estatutos del franquiciador, el manual operativo y los contratos de franquicia. La Ley 7/1996 y el RD 201/2010 son obligatorios. Sin esto, los franquiciados pueden impugnar.
Para una primera prueba, ahorra tiempo. Para un negocio real, no. Pierdes en la cláusula de exclusividad, duración, prórroga, terminación e indemnización. Ahí se decide el dinero del contrato.
Si eres autónomo o administrador con avales personales, sí. La Ley 16/2022 permite cancelar deudas privadas y, desde 2023, parte de la deuda pública con condiciones. Te lo explicamos en la consulta gratuita.
Sí. Cuanto antes. Sin pacto, en el primer desencuentro decide la LSC y los juzgados mercantiles de Málaga. Y suele ser más caro y conflictivo que pactarlo en frío.
Primera consulta gratuita. Revisamos contratos, pacto de socios y prioridades para tu retail o franquicia.